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Distintivo Permanencia de Coordinación y Dirección Policía Nacional
Distintivo Permanencia de Coordinación y Dirección Policía Nacional
Reserva - Tiempo de entrega 20-25 días
Distintivo de permanencia Coordinación y Dirección (PN), fabricado en metal 3D con acabado esmaltado de alta calidad. Pieza reglamentaria para uniformidad de gala y actos de representación. Incorpora sistema de doble enganche con tornillos cortos específicos para colocar las barras, asegurando un ajuste firme y preciso en el uniforme.
Características:
- Medidas: 40 mm x 35 mm (Reglamentarias)
- Material: Base metálica y esmalte 3D
- Sujeción: Doble enganche (tornillos cortos)
- Acabado: Dorado brillante y gris oficial
Alerta Alfa - Fabricación Española
Distintivo de Dirección y Coordinación Policía Nacional Permanencia
Distintivo Función de Dirección y Coordinación Policía Nacional
Distintivo de permanencia de Dirección y Coordinación (PN), fabricado en metal con relieve 3D y acabado esmaltado de alta definición.
Incorpora sistema de doble enganche con tornillos cortos para una fijación estable y precisa, evitando caídas del uniforme. Producto de fabricación nacional bajo estándares técnicos y alta calidad.
Características:
- Medidas: 40 mm x 35 mm (Reglamentarias)
- Material: Base metálica esmaltada 3D
- Sujeción: Doble enganche (tornillos cortos)
- Acabado: Dorado brillante y gris oficial
Ubicación de los distintivos
Los distintivos creados en la presente resolución y de conformidad con las previsiones del artículo 24 de la Orden INT/430/2014, de 10 de marzo, se exhibirán del siguiente modo: Los distintivos de función y de permanencia, en su modalidad de pecho se colocarán, exclusivamente, en la tabla central del bolsillo superior izquierdo de los uniformes de representación y de gala. Nunca se exhibirán en el de trabajo, gran gala o prendas de abrigo.
Resolución por la que se regulan los distintivos de función y permanencia del personal de la Policía Nacional en el área de actividad de Dirección y Coordinación.
La Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, establece en su artículo 23 que los miembros de la Policía Nacional, con carácter general, actuarán de uniforme en el que portarán, además de las divisas de su categoría
y el emblema o la placa emblema, aquellos distintivos que se establezcan reglamentariamente