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Distintivo de permanencia en el Centro de Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (CESTIC)
Imagen provisional
Medida: Distintivo compuesto por un escudo español, cuadrilongo de dimensiones 25 x 30 mm, redondeado en punta por un arco de circunferencia de 12,5 mm de radio, y timbrado por la corona real de España, de dimensiones 16 x 25 mm.
Sujeción trasera mediante dos pines traseros
Tiempo de entrega aproximado 30 días.
Se entregarán por orden de pedidos realizados.
Uso del distintivo
1. Podrá usarlo el personal militar que permanezca destinado en el CESTIC durante dos años consecutivos o tres discontinuos.
2. Para el cómputo de dicho plazo también se tendrán en cuenta los periodos anteriores a la entrada en vigor de esta instrucción, a contar desde el 17 de octubre de 2015, fecha de entrada en vigor de la adaptación orgánica que se publica como consecuencia de la creación del CESTIC mediante Resolución 431/13760/15, de 9 de octubre de 2015, de la Subsecretaria de Defensa (BOD nº 202, de 16 de octubre de 2015).
La concesión de este distintivo se realizará a petición del interesado mediante instancia dirigida a la persona titular de la Subsecretaría de Defensa, a través de la Dirección General del CESTIC, que la aprobará mediante resolución que será publicada en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa».
Cuarto. Colocación del distintivo en el uniforme. El distintivo de permanencia en el CESTIC se portará en la zona F del uniforme de gala, especial relevancia y diario, de acuerdo con lo establecido en la norma 122 de las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas, aprobadas por la Orden DEF/114/2025, de 28 de enero, y ajustado a las especificidades de uniformidad propias de cada Ejército, de la Armada y de los Cuerpos Comunes. Disposición transitoria única. Solicitud de uso del distintivo de permanencia. El personal militar que, con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta instrucción, haya estado destinado en el CESTIC y cumpla los requisitos especificados en el apartado segundo, podrá solicitar el uso del distintivo dentro del plazo de 24 meses a contar desde la fecha de publicación de la instrucción en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa», mediante instancia dirigida a la persona titular de la Subsecretaría de Defensa, a través de la Dirección General del Centro de Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (CESTIC).
Disposición final única. Entrada en vigor. La presente Instrucción entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa». Madrid 27 de febrero de 2025.— La Subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos Tejada.