Distintivo de Permanencia en la Comisaría especial del Congreso de los Diputados, Defensor del Pueblo y Tribunal de Cuentas
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Distintivo de Permanencia en la Comisaría...
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Distintivo de Permanencia en la Comisaría especial del Congreso de los Diputados, Defensor del Pueblo y Tribunal de Cuentas

7,00 €
Impuestos incluidos

Tiempo de entrega aproximado 20/30 días 

Fabricado en España 

Metálico con Esmaltes fríos  

Medida : Ancho 31,2mm - Alto 36mm

 

Descripción.

El distintivo de permanencia tendrá forma ovoide y se realizará sobre una base metálica, con detalles en el anverso, de dimensiones 31,2 mm x 38 mm. El fondo del distintivo se efectuará en color burdeos y el borde dorado.

En el anverso figurará, sobre fondo burdeos, León, cuya pata delantera izquierda, sujeta un cuerpo circular, y tras él, la representación esquemática del frente de un pórtico de un edificio clásico con tres columnas, todo ello en color dorado y relieve. En la parte superior, se consignará la leyenda «Congreso de los Diputados» y en la inferior «Policía Nacional», igualmente en relieve dorado, siguiendo la forma ovoide de la base. Se incorporará la bandera de España en ambos laterales del óvalo, desde el espacio comprendido por el comienzo y el final de ambas leyendas.

Composición.

Sobre base metálica, esmaltado en sus colores, con la leyenda «Congreso de los Diputados» en la parte superior y «Policía Nacional» en su parte inferior. El fondo del distintivo se efectuará sobre color burdeos en un tono Pantone 221-C.

Medidas: Ancho: 31,2 mm / Alto: 38 mm

Distintivo de permanencia

1. Podrá solicitar el distintivo de permanencia el personal comprendido en el párrafo anterior que haya estado destinado o prestando los servicios indicados durante dos años consecutivos y ya no se encuentre destinado en la misma. El distintivo de permanencia podrá ser solicitado por quienes ya se encuentren destinados en la Comisaría Especial del Congreso de los Diputados, Defensor del Pueblo y Tribunal de Cuentas que preste los servicios en el Congreso de los Diputados en la fecha de adopción del presente acuerdo, en cuyo caso se tomará como referencia a efectos del cómputo del plazo de dos años la fecha señalada para la efectividad del destino, o por quienes comiencen a hacerlo a partir de dicho momento.

2. El derecho a usar el distintivo de permanencia se otorgará con carácter anual mediante acuerdo de la Mesa del Congreso, a solicitud del interesado, previo informe de la persona que ostente la titularidad de la Jefatura de la Comisaría Especial del Congreso de los Diputados, Defensor del Pueblo y Tribunal de Cuentas.

3. No podrán exhibirse, simultáneamente, los distintivos de función y de permanencia.

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