Distintivo de Permanencia en Regulares
Distintivo de Permanencia Fuerzas de Regulares
Distintivo de Permanencia Fuerzas de Regulares
Distintivo de Permanencia en Regulares
Distintivo de Permanencia Fuerzas de Regulares
Distintivo de Permanencia Fuerzas de Regulares

Distintivo de Permanencia Fuerzas de Regulares

7,00 €
Impuestos incluidos

Con dos tornillos incluidos 

Sujeción trasera mediante pins.

Barras de Permanencia

 

DESCRIPCIÓN. Dos fusiles armados con cuchillo-bayoneta, de esmalte rojo, con arcos guardamontes hacia el jefe, una media luna en blanco sobre ellos y timbrado con corona real. 

 
BARRAS DE PERMANENCIA. Adición de una barra negra por cada dos años de permanencia, continuos o discontinuos, a partir de la concesión del distintivo, debiéndose sustituir cada cinco barras negras por una barra plateada. Se pueden sustituir las barras negras por rojas y por doradas las plateadas si concurre alguna de las siguientes circunstancias: - Un año de permanencia y 20 hechos de armas - Dos años de permanencia y 10 hechos de armas - Tres años de permanencia y 5 hechos de armas - Haber resultado herido quedando inútil o inválido - Un año de permanencia y haber sido herido en un hecho de armas - Ser herido en 2 hechos de armas. 
 
DISPOSICIONES REGULATORIAS. Creado por Real Orden Circular (ROC) de 26 de noviembre de 1923 (D.O. nº 263), “Creación de distintivo para generales, Jefes y Oficiales que hayan servido o sirvan en las Tropas u organizaciones que se indican” (C.L. 532). Concesión del distintivo y barras de acuerdo con lo establecido en la presente Instrucción General. 
 
CONDICIONES PARA SU CONCESIÓN. Cuadros de Mando y Tropa que estén o que hayan estado destinados en Unidades de Regulares durante dos años consecutivos o tres discontinuos. 
G-1091
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