Medalla Centenario Virgen del Pilar Guardia Civil
Medalla Centenario Virgen del Pilar patrona de la Guardia Civil
Bañada en 10 Micras de Plata
La medalla conmemorativa del Centenario de la Proclamación de la Virgen del Pilar como Patrona de la Guardia Civil, comúnmente denominada Medalla del Centenario de la Virgen del Pilar, es una condecoración española creada por el arzobispo castrense Juan del Río Martín el 12 de Octubre de 2012 para conmemorar el centenario de proclamación de la Virgen María bajo la advocación del Pilar como patrona de la Guardia Civil.
Características:
- Fabricada en Metal Satinado.
- Latón bañado en 10 micras de Plata.
- Enganche de aguja.
- Grabado Delantero y Trasero.
Fabricada en España, somos fabricantes.
Medalla centenario Virgen del Pilar patrona de la Guardia Civil, fabricada con metal satinado, cinta.
Medalla latón 10 micras de Plata
Laña de latón .
La Medalla Conmemorativa del Centenario de la Proclamación de la Virgen del Pilar como Patrona de la Guardia Civil, comúnmente denominada Medalla del Centenario de la Virgen del Pilar, oficial es una condecoración española creada por arzobispo castrense Juan del Río Martín el 12 de octubre de 2012 para conmemorar el centenario de proclamación de la Virgen María bajo la advocación del Pilar como patrona de la Guardia Civil. Como se indica en el texto del Decreto, esta proclamación supuso el reconocimiento público de la devoción que existía en el Cuerpo, introducida por el capellán castrense Miguel Moreno Moreno que introdujo esta práctica en el Colegio de Guardias Jóvenes de Valdemoro.
En el mes de febrero de aquel año, la Santa Sede convocó un año mariano para celebrar este centenario, circunstancia que llevó al Arzobispado Castrense a crear esta medalla como un signo más perdurable de este homenaje a la Patrona de la Guardia Civil.
Pueden ser condecorados con esta medalla:
- El Director General de la Guardia Civil y sus antecesores en el cargo.
- El personal del Cuerpo, incluido el personal en situación de reserva y retiro, sus cónyuges y descendientes en primer grado.
- Las personas que ostenten el título de Guardias Civiles honorarios.
- Los alumnos de los colegios y centros de formación de la Guardia Civil y a los antiguos alumnos de los primeros.
- El personal de las Fuerzas Armadas, en cualquier situación administrativa o retirados, que preste o haya prestado servicios en la Guardia Civil.
- El personal funcionario civil o laboral, en cualquier situación administrativa o retirados, que preste o haya prestado servicios en la Guardia Civil.
- Los capellanes castrenses o sacerdotes colaboradores del Arzobispado Castrense.